Al realizar la Tasación se procede a inspeccionar los Bienes para apreciar los aspectos técnicos y el estado de conservación teniendo en consideración los procedimientos descrito en el Reglamento Nacional de Tasaciones (RENATA) aprobado por Resolución Ministerial Nº 126-2007-VIVIENDA.
Definiciones del estado de conservación:
Bueno – Operativo (B).- Condición del bien en perfectas condiciones técnicas y físicas (Observación externa del bien).
Regular (R) Con ligeros deterioros externos que no influyen en la realización de su trabajo.
Malo (M) En desuso con deterioros físicos visibles, sin uso, tiene desperfectos o fallas.
Muy Malo (Obsoletos) Muy deteriorados.
Inservible (I) Cuyo deterioro técnico y físico indica que la inoperatividad del bien (irrecuperable y/o chatarra).
Una vez concluidos estos pasos se apoyará en la realización de los cálculos de depreciación los que se reportarán clasificados por cuenta. Los resultados de esta operación serán sustentados y expuesto debidamente ante quien la entidad designe.
Asimismo de conformidad con el Reglamento Nacional de Tasaciones del Perú aprobado con Resolución Ministerial Nº 126-2007-VIVIENDA señala que deberá aplicarse para estos casos la siguiente fórmula:
VT = VSN * FD
Donde:
VSN = Valor Similar
Nuevo FD = Factor o Porcentaje de Depreciación
VT = Valor de Tasación